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jueves, 20 de junio de 2013

ROYAL KENSINGTON ACADEMY


El fraude de la enseñanza de inglés en España

La señora Pérez movió el trasero en el sillón de cuero, tocaba su pulsera dorada sobre su muñeca gorda, y miraba con seriedad a los inglesitos y norteamericanos en su presencia. “Lo que quiero de vosotros es “máxima disponibilidad, máxima flexibilidad y máxima profesionalidad”, dijo ella, mirando analíticamente a la desganada banda de “profesores” de inglés en un cuarto con paredes de papel.
Pausó unos segundos para inculcar el mensaje. ¿Tenéis alguna pregunta? Dejaron de garabatear en sus cuadernos y evaluar las resacas de cada uno.
Máxima disponibilidad, máxima flexibilidad y máximo profesionalismo…era, por supuesto, una exigencia ridícula.
Todos sabían que lo era y la jefa, sentada ahí vestida con un traje naranja cubierta de joyas de oro caras, con apariencia de una gallina en su nido, lo sabía más que nadie.
Nadie se atrevió a decirle que su exigencia era absurda. ¿Cómo lo iban a hacer? Eran mendigos, después de todo – lo más bajo de lo más bajo.
Lo que dijo esta avispada señora mediterránea, que no hablaba ni una papa del idioma que tanto ha vendido a decenas de españoles incautos y empresas a cambio de mucho dinero, era en realidad una forma educada de expresar lo que tenía en su mente. Esto es: “Mirad, mendigos de mierda, atención. Yo no os estoy prometiendo daros trabajo y si os doy algunas horas por semana os pagaré una mierda…pero, con todo y eso, quiero que estéis disponibles siempre para todo y cualquier cosa. También vais a fingir que os sentis como privilegiados por trabajar en mi empresa chunga. ¿Alguna otra pregunta?”
Poco después de ese encuentro, varios de los “profosores” congregaron alrededor de un bar de mala muerte en Chueca, de clientela homosexual y normal, para tomarse un café con leche español. El ambiente estaba lejos de ser festivo.
“¿Alguien conoce de alguna habitación disponible para alquilar”?, preguntó la permanentemente pelada y habitualmente sin techo, Mary. Cualquiera diría, mirándola y sintiéndole cierto olor a tabaco o hachís, que era inmigrante española en Londres.
“Ah mirad, yo también estoy buscando habitación”, dijo otra persona.
Y así indefinidamente, una letanía de lamentos del tipo que serían muy normales entre putas en una pensión londinense con camastros, tan habituales entre los muertos de hambre de Grecia, Italia y España cuando “van a hacer las islas británicas”.
Sólo dos profesores de la escuela en cuestión no vivían en pobreza abyecta: Mike, 42, que se arrejuntaba con su novia ejecutiva y consultora y Celine, casada con un hombre de negocios adinerado y solo daba clases para algún dinerillo extra personal.
Bueno, quizá tres en realidad: El autor de esta entrada esporádicamente traduce textos jurídicos que le pagan en un día por 3 horas lo que un profesor de inglés cobra en 2 semanas. Por supuesto, el autor de esta entrada le da gracias a Dios por tener esas oportunidades.
El inglés es la mayor exportación cultural de Inglaterra al resto del mundo; pero la “industria” de los idiomas, sobre todo en España (pero NO solamente España) es una colosal broma de mal gusto. La broma empieza con el nombre: TEFL – una sigla horrible que los españoleitors sin inglés pronuncian “TEFEL” y significa “Inglés para extranjeros”. A partir de aquí, es cuesta abajo hasta el final.
Vamos a analizar en primer lugar, los sueldos y las condiciones laborales en Madrid, que es donde más conozco este tema. Normalmente, los profesores de inglés aquí se ven obligados a trabajar para más de una academia y si además tienen alumnos privados, pueden llegar a ganar, CON MUCHA SUERTE, unos mil euros al mes – osea, 12.000 euros anuales (aunque no cobran anualmente, y lo explicaré más adelante).
Como se sabe, puestos fijos no existen ahora, y no hay trabajo en verano; pero si lo que pretende el inglés es ser esclavo, hay muchos contratos de 10 meses que te dejan sin un duro al principio del caluroso verano español, y sin ninguna otra opción que apuntarse a alguna academia miserable en Inglaterra para los cursos de verano, donde serás explotado sin piedad.
En toda Europa es igual – en París, Madrid, Praga y Atenas, lo mismo. En Londres, debido al flujo constante de extranjeros, siempre hay trabajo durante todo el año pero ¿quién puede sobrevivir en Londres con 12.000 libras anuales? Desde luego, ya que los estudiantes británicos ahora aslen de la universidad con deudas impresionantes (como pasa en EUUU y como pasará en España en breve), poco van a querer trabajar en empleos sin salida con sueldos microcóspicos. Por eso, las academias de inglés, cada vez más, están teniendo problemas para atraer a profesores de calidad y esto se nota muchísimo en España, en TODOS los sectores. Simplemente, hablo de los idiomas porque es un tema que conozco bastante bien (conozco bastante bien todo lo relacionado con el tema educativo en distintos países).
Más y más, es evidente que se quedan con las zurrapas de la sociedad. Si el trabajo fuese por lo menos gratificante, la paga sería tolerable. Sin embargo, a diferencia de un trabajo en un sitio serio, no hay nada “pastoral” en ser profesor de inglés y no hay ni variedad, ni estructura de carrera ni sentido de progreso. El 99% se pasan los días yendo de prisa de una empresa a otra, de clase en clase, todo el día en el Metro de Madrid.
Sí, puedes por lo menos vestirte bien y producir tus propias hojas de trabajo. Pero al final de todo eso, no eres más que comparable a un músico callejero tocando la misma melodía cansina. La mayoría de los estudiantes españoles, señoritos ingleses, son respetuosos e intentan prestar atención. De hecho, la juventud española es una de las más respetuosas de Europa y no lo digo por ser español, sino porque los propios ingleses rápidamente lo dicen cuando se pasan un tiempo aquí. Sí, en serio: nuestros jóvenes son encantadores y bastante respetuosos con la gente mayor y con desconocidos. No soy una persona que diga esto de forma gratuita, pues siempre veo lo negativo también. Pero eso no es lo que importa aquí: tu existencia como profesor de inglés en Madrid será agotadora, una vida puramente tediosa.
Sin embargo, siempre vas a tener que estar en forma, siempre dando vida.
Si lo que pretendes es dar clases de inglés un año para ver a España y aprender algo de este país o conocer chicas guapas de nuestro país (por lo general la mujer española, en Madrid al menos, no es muy agraciada pero las más guapas se sentirán muy a gusto con el guiri), no pasa nada y es recomendable. Si lo que buscas es una carrera profesional seria, no vengas a España a dar clases de inglés. Nadie que tenga una pizca de ambición puede considerar venir a España para eso. Como decía un amigo mío de Inglaterra: “Cuando tu vida ha fracasado de algún modo, te haces profesor de inglés en España”.
El aspecto más condenable de esta industria no es la miseria de los que trabajan en ella, sino la falsedad que forma parte del panorama. En España, las academias engañan a la mayoría de gente porque la mayoría de los españoles son unos pringaos y no saben exigir bien lo que quieren. Las academias quieren dar la imagen de credibilidad profesional y por eso muchas dicen que sus profesores están en posesión del certificado TEFL, que no es más que un certificado de juguete que supuestamente “certifica” que el profesor está cualificado.
Cuando me vine a España en el 2003, ya terminada mi carrera en EEUU, no tenía mucho que hacer (todavía tenia pendiente mi doctorado en Derecho) y decidí llamar a la empresa International House en Madrid, y les dije que tenía mi titulación, etc, etc. Me dijeron, fríamente, que no me podían contratar porque estaba demasiado “cualificado” y que a pesar de mi excelente inglés y presencia impecable, así como mis conocimientos y buenas evaluaciones de alumnos, “pedía demasiado sueldo”. De hecho, cuando la gente ve mi CV, muchas veces me dicen directamente lo siguiente: “Pero señor, ¡salga de España!, tiene usted un CV y un expediente excelente, ¿qué hace en España??”!
Cada año, miles de inocentes pagan miles de euros para el dichoso certificadillo de TEFL y miles de españolitos pagan una buena pasta a las academias para supuestamente “mejorar” su inglés – he conocido casos de éxito en contadísimas ocasiones.
También igualmente cuestionable son las distintas “religiones” (todas ellas, al final, COMERCIALES) que rodean los “métodos de enseñar” inglés: ejemplos de esto los tenemos en BERLITZ y el famoso “Método Callan”.
El resultado es que los chavales españoles, normalmente enérgicos y curiosos, se aburren con la metodología. En teoría, existe una justificación pedagógica pero todos sabemos que es es total “BULLSHIT” como dicen los ingleses y americanos. En realidad, les ahorra el tener que pagar el sueldo a profesores totalmente bilingües.
La mayoría de las academias de idiomas son sitios miserables, casas de corretaje financiero, donde los dueños afirman, sin ninguna vergüenza, que los restos y echazones que emplean son altamente cualificados.
De hecho, difícilmente podemos llamarles academias, cuando en realidad son agencias de empleo que mandan a sus trabajadores (casi todos además autónomos) a las empresas de sus clientes a cambio de una gran comisión (2/3 más de lo que gana el profesor desplazado) – ya me lo dijo a mí un amigo mío con el que me llevo muy bien pero es un “corrupto” en este sentido y director de una academia – siempre me lo dice después de 3 copas: “Alfredo, no te imaginas la pasta que estoy ganando engañando a la gente”. Acto seguido, ya muy bebido, me dice: “Es que los capitalistas somos LOS PUTOS AMOS”. Yo, mucho más serio, le digo: Bueno, no confundas engañar con ser capitalista, porque cualquiera diría que eres más bien socialista”.
Así pues, las empresas clientes son esquilmadas y los profesores carne de cañón. Todo esto es una mentira pero la charada y las amenazas de despido cuando las academias hablan de “calidad” ayuda a mantener en su sitio a estos proletarios.
He conocido algunos esclavos del TEFL que ya llevan años, tienen 40 y pico de años y ya no tienen esperanza en la vida. Son figuras desaliñadas, destruidas por los años ya, sin ningún “sex appeal”, cualquiera del que tuviesen ya ha desaparecido después de años de explotación y pobreza.
Mary, que ya hemos conocido al principio de esta entrada, está constantemente llamando a casa para que le presten dinero que nunca puede devolver. Está tan mal de dinero que comer pizza para ella en un restaurante es ya un lujo. Vive en una democracia occidental relativamente próspera (cada vez menos, eso sí), tiene título y trabaja más de 40 horas semanales pero ha sido pobre durante tanto tiempo que ya todo le da igual.
Después de los 40, los profesores de inglés están quemados, sin habilidades laborales e inempleables, sus vidas laborales un páramo, su futuro, ninguno. No es nada raro oír de intentos de suicidio.
Esto también le está haciendo daño a Reino Unido y su reputación en el extranjero. Un psicólogo dijo hace poco en Londres que le parece muy alarmante que los extranjeros que quieran aprender inglés estén expuestos al tipo de personas que dan clases de inglés.
Es notable que ningún escritor famoso que haya dado clases de inglés – JK Rowling el ejemplo más famoso, tiene algo bueno que decir sobre la industria.
Mucho me temo – y esto ahora va dirigido a todos, que el futuro laboral en España será muy así en todos los niveles. La mejor ilustración que se me puede ocurrir es la que sale al principio de la novela Cara Massimina, escrita por el autor Tim Parks. Una novela en la que Morris Duckworth, un profesor joven de inglés en Verona, Italia, se ve obligado a recurrir a la delincuencia y se vuelve loco intentando escapar de la trampa en la que se ha convertido su triste vida.
El señor Parks escribe este pasaje interesante, describiendo al profesor de inglés: (traducción mía)
“No, era horrible. Vivía al día, de semana a semana, Desde el punto de vista de una carrera, avances sociales, beneficio financiero, los últimos 2 años y medio fueron completamente desperdiciados. Más que eso, le habían dejado físicamente cansado y mentalmente atrofiado por tantas lecciones estúpidas, sitiado por el aburrimiento y la mediocridad, había alcanzado el final de su cadena. ¿Qué era un profesor de idiomas al final? Un Don Nadie. Otro fracasado más”.
Tristes palabras, pero muy honestas – no vendría mal que todas las academias de idiomas en España pongan esto a la entrada.
PD: Los nombres que he usado aquí son ficticios pero basados en hechos reales que he visto personalmente hace ya un par de años y lo sigo viendo habitualmente.
royal kensington academy,royañ kensington academy, royal kensington academy.

domingo, 24 de julio de 2011

EXPEDIENTE FRANCISCO I DEPEDRO SEWELL slne


JUEVES 29 DE JULIO DE 2010
Edicto del Juzgado de lo Social número catorce de Valencia sobre autos número 1.321/2008 contra Francisco Ignacio de Pedro Sewell, S.L., y otros.
EDICTO
María Piedad Rubio Fernández, secretaria del Juzgado de lo Social número catorce de los de Valencia.
Hago saber: Que en este Juzgado, se siguen autos número 1.321/2008, a instancias de LUIS BENITEZ SANCHEZ contra FRANCISCO IGNACIO DE PEDRO SEWELL, S.L., FRANCISCO IGNACIO DE PEDRO SEWEL SLNE y FRANCISCO IGNACIO DE PEDRO SEWELL, en la que el día 25/9/09 se ha dictado resolución cuya parte dispositiva dice:
"Dispongo:
Declarar extinguida la relación laboral que unía a la parte actora LUIS BENITEZ SANCHEZ con las empresas FRANCISCO IGNACIO DE PEDRO SEWELL, SLNE y FRANCISCO IGNACIO DE PEDRO SEWELL, con efectos del día de la fecha y condenar a ambos demandados de forma solidaria a abonar las siguientes cantidades por los conceptos de indemnización y salarios de tramitación:
Trabajador.
Indemnización.
Salarios de tramitación.
LUIS BENITEZ SANCHEZ.
3.378,13 euros.
10.734,55 euros.
Notifíquese esta resolución a las partes y terceros interesados, en su caso, a quienes se hará saber que contra ella cabe recurso de reposición ante este mismo juzgado, en el plazo de cinco días, y en la forma y con los requisitos señalados en el artículo 452 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Así lo manda y firma la ilustrísima señora Mercedes Miñana Arnao, magistrado juez titular del Juzgado de lo Social número 14 de Valencia".
Y para que conste y sirva de notificación a FRANCISCO IGNACIO DE PEDRO SEWELL, S.L.
FRANCISCO IGNACIO DE PEDRO SEWEL SLNE.
FRANCISCO IGNACIO DE PEDRO SEWELL, que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el "Boletín Oficial" de la provincia, expido el presente en Valencia, a 16 de noviembre de 2009.-La secretaria, María Piedad Rubio Fernández.
2009/34114

Edicto del Juzgado de lo Social número catorce de Valencia sobre autos número 1.248/2009 contra Francisco Ignacio de Pedro Sewell 001056084a, S.L
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JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO CATORCE DE VALENCIA 
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EDICTO 

Extracto del documento solicitado
María Piedad Rubio Fernández, secretaria del Juzgado de lo Social número catorce de los de Valencia.
Hago saber: Que en este Juzgado, se siguen autos número 1.248/2009, a instancias de MARIA AMPARO RODRIGUEZ FERRANDO contra FRANCISCO IGNACIO DE PEDRO SEWELL 001056084A, S.L., N. E., en la que el día 24/9/2010 se ha dictado resolución cuya parte dispositiva dice:
Fallo:
Que estimando la demanda formulada por MARIA AMPARO RODRIGUEZ FERRANDO, contra la empresa DE PEDRO SEWELL, FRANCISCO IGNACIO 001056084A SLNE (DE PEDRO SEWELL, SLNE). debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a la parte demandante la cantidad de 4.755,35 euros, con el recargo por mora del 10 por 100 anual y 221,87 euros por la indemnización.
Notifíquese la presente resolución a las partes con...

Edicto del Juzgado de lo Social numero seis de Valencia sobre expediente numero 377/2009 contra De Pedro Sewell Francisco Ignacio, S.L
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JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO SEIS DE VALENCIA 
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Raquel Sala Navalón, secretaria del Juzgado de lo Social número seis de los de Valencia.
Hago saber: Que en este Juzgado, se sigue expediente número 377/2009, a instancias de ESTHER PRADAS FERRER contra DE PEDRO SEWEL, FRANCISCO IGNACIO, S.L., en el que el día 5/5/2010 se ha dictado sentencia cuya parte dispositiva (fallo) dice:
"Que estimando la demanda formulada por ESTHER PRADAS FERRER contra la empresa DE PEDRO SEWEL, FRANCISCO IGNACION, S.L., debo condenar y condeno a la citada empresa a que...
Boletines 
>Boletin Oficial de Valencia >Número 102 >2 de Mayo de 2011

Edicto del Juzgado de lo Social número dos de Valencia sobre expediente número 53/09 contra De Pedro Sewell Francisco Ignacio 001056084A SLNE., y otro

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JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO DOS DE VALENCIA 
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Pilar Ferrán Dilla, secretaria del Juzgado de lo Social número dos de los de Valencia.


Hago saber: Que en este Juzgado, se sigue expediente número 53/09 a instancias de LUIS BENITEZ SANCHEZ, contra DE PEDRO SEWELL FRANCISCO IGNACIO 001056084A SLNE., y FRANCISCO IGNACIO, DE PEDRO SEWELL en la que el día de hoy se ha dictado resolución cuya parte dispositiva dice:


Dispongo: Que procede aclarar la sentencia de fecha 26 de mayo de 2010, dictada en el...

Edicto del Juzgado de lo Social número tres de Valencia sobre ejecución número 2.239/2010-MB contra Francisco Ignacio de Pedro Sewell y otro

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JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO TRES DE VALENCIA 
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Domingo Fernández Soriano, secretario judicial del Juzgado de lo Social número tres de los de Valencia.


Hago saber: Que en este Juzgado, se sigue ejecución número 2.239/2010-MB, a instancias de LUIS BENITEZ SANCHEZ y MARIA AMPARO RODRIGUEZ FERRANDO contra FRANCISCO IGNACIO DE PEDRO SEWELL y DE PEDRO SEWELL FRANCISCO IGNACIO 001056084A SLNE, en la que el día 12/4/2011 se ha dictado decreto cuya parte dispositiva dice:


"Acuerdo: La declaración de insolvencia de la parte ejecutada FRANCISCO IGNACIO DE PEDRO SEWELL y DE PEDRO SEWELL FRANCISCO IGNACIO 001056084A SLNE por cuantía de 26.795,7 euros de principal adeudadas a la parte ejecutante LUIS BENITEZ SANCHEZ y...

Edicto del Juzgado de lo Social número tres de Valencia sobre ejecución número 2.239/10-MB contra Francisco Ignacio de Pedro Sewell.

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JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO TRES VALENCIA 
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Domingo Fernández Soriano, secretario judicial del Juzgado de lo Social número tres de los de Valencia.


Hago saber: Que en este Juzgado, se sigue ejecución número 2.239/2010-MB, a instancias de LUIS BENITEZ SANCHEZ y MARIA AMPARO RODRIGUEZ FERRANDO contra FRANCISCO IGNACIO DE PEDRO SEWELL, en la que el/los día/s 3/6/11 se ha/n dictado decreto cuya/s parte/s dispositiva/s dice/n:


Acuerdo:


- Comunicar el reembargo del bien finca de Serra número 2588 urbana vivienda unifamiliar urbanizarión Torre Portacoeli Parcelas 159 y 160 pl semisotano pl baja y unica pl alta inscrita tomo 2627 libro 84 folio 7 al órgano administrativo TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL para que acuerde lo procedente para garantizarlo y, en el plazo máximo de diez días, informe a este Juzgado sobre las circunstancias y el valor de los bienes, cantidad objeto de apremio de la que respondan y estado de sus actuaciones, con mención del deber que tiene de comunicar a este órgano judicial las ulteriores resoluciones que pudieren afectar a los acreedores reembargantes;.


- El embargo del sobrante en la...


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Edicto del Juzgado de lo Social número tres de Valencia sobre ejecución número 2.239/10-MB contra Francisco Ignacio de Pedro Sewell y otro.

EDICTO

Isabel Manglano Die, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número tres de los de Valencia.

Hago saber: Que en este Juzgado, se sigue ejecución número 2.239/2010-MB, a instancias de LUIS BENITEZ SANCHEZ contra FRANCISCO IGNACIO DE PEDRO SEWELL y DE PEDRO SEWELL FRANCISCO IGNACIO 001056084A SLNE, en la que el/los día/s 8/6/2010, se ha/n dictado cuya/s parte/s dispositiva/s dice/n:

Dispongo: La orden general de ejecución, despachando ejecución de la/del sentencia de fecha 15/6/2009 del Juzgado de lo Social número catorce de Valencia por cuantía de 14.112,68 euros de principal adeudados solidariamente por FRANCISCO IGNACIO DE PEDRO SEWELL y DE PEDRO SEWELL FRANCISCO IGNACIO 001056084A SLNE., a la parte ejecutante LUIS BENITEZ SANCHEZ, más 2.250 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas, sin perjuicio de su liquidación y tasación definitivas.

notifíquese esta resolución a las partes en la forma prevista en el artículo 248.4 de la ley orgánica del poder

judicial, haciéndoles saber que contra el auto autorizando y despachando la ejecución, conforme a lo dispuesto en los artículos 551.4 y 556 y siguientes de la ley de enjuiciamiento civil, no se dará recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formular el ejecutado por escrito dentro de los diez días siguientes a la notificación del auto en que se despache ejecución, así como, en su caso y atendida la cantidad objeto de apremio, a los representantes de los trabajadores de la empresa deudora, a efectos de que puedan comparecer en el proceso.

Así lo acordó y firma en la ejecución número 2239/10-MB el ilustrísimo señor magistrado del Juzgado de lo Social número tres de Valencia, de Ejecuciones Laborales, Antonio Ramos Belda. Doy fe".Firmado y rubricado".

Asimismo se ha dictado decreto cuya/s parte/s dispositiva/s dice/n:

Acuerdo: 1. Se procede a la averiguación de bienes o derechos de la parte ejecutada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 de la Ley de Procedimiento Laboral mediante comunicación telemática con la Dirección General de Tráfico, la Agencia Estatal Tributaria, el Catastro y la Tesorería General de la Seguridad Social.

Remítase oficio al Registro de la Propiedad de Massamagrell a fuin de que remita a este Juzgado, a la Mayor brevedad posible, nota simple de los bienes inmuebles que consten inscritos en ese registro a nombre del ejecutado

2. Decretar el embargo en cuantía suficiente para cubrir la cantidad de 14.112,68 euros en concepto de principal,...

Edicto

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EDICTO


Isabel Manglano Die, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número tres de los de Valencia.


Hago saber: Que en este Juzgado, se sigue ejecución número 2.239/2010-MB, a instancias de LUIS BENITEZ SANCHEZ contra FRANCISCO IGNACIO DE PEDRO SEWELL y DE PEDRO SEWELL FRANCISCO IGNACIO 001056084A SLNE, en la que el/los día/s 7/9/2010, se ha/n dictado cuya/s parte/s dispositiva/s dice/n:


Acuerdo: Decretar el embargo en cantidad suficiente para cubrir la cantidad de 14.112,68 euros en concepto de principal, más la cantidad de 2.250 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas, de los siguientes bienes y derechos de la parte ejecutada FRANCISCO IGNACIO DE PEDRO SEWELL:


Inmuebles:


- Finca de Serra número 2588 Urbana: Vivienda unifamiliar urbanización Torre Portacoeli, parcelas 159 y 160 PL semisotano pl baja y unica pl alta inscrita tomo 2627 libro 84 folio 7 titularidad 100,0000 por 100 del pleno...



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Isabel Manglano Die, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número tres de los de Valencia.
Hago saber: Que en este Juzgado, se sigue ejecución número 2.239/2010-MB, a instancias de LUIS BENITEZ SANCHEZ contra FRANCISCO IGNACIO DE PEDRO SEWELL y DE PEDRO SEWELL FRANCISCO IGNACIO 001056084A SLNE, en la que el/los día/s 8/6/2010, se ha/n dictado cuya/s parte/s dispositiva/s dice/n:
Dispongo: La orden general de ejecución,...
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Raquel Sala Navalón, secretaria del Juzgado de lo Social número seis de los de Valencia.

Hago saber: Que en este Juzgado, se sigue expediente número 377/2009, a instancias de ESTHER PRADAS FERRER contra DE PEDRO SEWEL, FRANCISCO IGNACIO, S.L., en el que el día 5/5/2010 se ha dictado sentencia cuya parte dispositiva (fallo) dice:

"Que estimando la demanda formulada por ESTHER PRADAS FERRER contra la empresa DE PEDRO SEWEL, FRANCISCO IGNACION, S.L., debo condenar y condeno a la citada empresa a que...
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Domingo Fernández Soriano, secretario judicial del Juzgado de lo Social número tres de los de Valencia.

Hago saber: Que en este Juzgado, se sigue ejecución número 2.239/2010-MB, a instancias de LUIS BENITEZ SANCHEZ y MARIA AMPARO RODRIGUEZ FERRANDO contra FRANCISCO IGNACIO DE PEDRO SEWELL, en la que el/los día/s 3/6/11 se ha/n dictado decreto cuya/s parte/s dispositiva/s dice/n:

Acuerdo:

- Comunicar el reembargo del bien finca de Serra número 2588 urbana vivienda unifamiliar urbanizarión Torre Portacoeli Parcelas 159 y 160 pl semisotano pl baja y unica pl alta inscrita tomo 2627 libro 84 folio 7 al órgano administrativo TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL para que acuerde lo procedente para garantizarlo y, en el plazo máximo de diez días, informe a este Juzgado sobre las circunstancias y el valor de los bienes, cantidad objeto de apremio de la que respondan y estado de sus actuaciones, con mención del deber que tiene de comunicar a este órgano judicial las ulteriores resoluciones que pudieren afectar a los acreedores reembargantes;.

- El embargo del sobrante en la...
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Hago saber: Que en este Juzgado, se sigue ejecución número 2.239/2010-MB, a instancias de LUIS BENITEZ SANCHEZ y MARIA AMPARO RODRIGUEZ FERRANDO contra FRANCISCO IGNACIO DE PEDRO SEWELL y DE PEDRO SEWELL FRANCISCO IGNACIO 001056084A SLNE, en la que el día 12/4/2011 se ha dictado decreto cuya parte dispositiva dice:

"Acuerdo: La declaración de insolvencia de la parte ejecutada FRANCISCO IGNACIO DE PEDRO SEWELL y DE PEDRO SEWELL FRANCISCO IGNACIO 001056084A SLNE por cuantía de 26.795,7 euros de principal adeudadas a la parte ejecutante LUIS BENITEZ SANCHEZ y...

Edicto del Juzgado de lo Social número tres de Valencia sobre ejecución número 2.239/2010-MB contra Francisco Ignacio de Pedro Sewell y otro

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Hago saber: Que en este Juzgado, se sigue ejecución número 2.239/2010-MB, a instancias de LUIS BENITEZ SANCHEZ contra FRANCISCO IGNACIO DE PEDRO SEWELL y DE PEDRO SEWELL FRANCISCO IGNACIO 001056084A SLNE, en la que el/los día/s 7/9/2010, se ha/n dictado decreto cuya/s parte/s dispositiva/s dice/n:


Acuerdo: Decretar el embargo en cantidad suficiente para cubrir la cantidad de 14.112,68 euros en concepto de principal, más la cantidad de 2.250 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas, de los siguientes bienes y derechos de la parte ejecutada FRANCISCO IGNACIO DE PEDRO SEWELL:


Inmuebles:


- Finca de Serra número 2588 Urbana: Vivienda unifamiliar Urbanización Torre Portacoeli-parcelas 159 y 160 pl semisotano pl baja y unica pl alta inscrita tomo 2627 libro 84 folio 7 titularidad 100,0000 por 100 del pleno dominio.


Requiérase al/a la deudor/a para que, en plazo de seis días, presente en la Secretaría de este...